Dos áreas educativas llamadas a entenderse: la educación para la sostenibilidad y la educación para los Derechos Humanos

Autores/as

  • Nuria Belloso Martín

Palabras clave:

desarrollo sostenible, educación, derechos humanos, medio ambiente, sostenibilidad

Resumen

El principio de sostenibilidad y el desarrollo sostenible presiden la mayoría de los planes y agendas hasta el año 2030 y ello, tanto en el ámbito económico, como social, ambiental, político y, también, el educativo. En el presente estudio se realizarán unas precisiones terminológicas explicando qué se entiende sostenibilidad y desarrollo sostenible para, seguidamente, configurar el concepto de educación para la sostenibilidad (también denominada educación para el desarrollo sostenible –EDS–). A partir de ahí, se examinará la doble lectura de la educación para la sostenibilidad -como un fin en sí mismo y como un medio para lograr otros objetivos principalmente, para hacer posible la consecución de algunos Derechos humanos. Se diferenciará la EDS de la educación medioambiental, desterrando tanto su identificación como su antagonismo. Finalmente, se defenderá la complementariedad entre dos áreas educativas prioritarias como son la educación para la sostenibilidad y la educación para los Derechos humanos.

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Biografía del autor/a

Nuria Belloso Martín

Catedrática de Filosofía del Derecho en la Universidad de Burgos

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Publicado

2024-06-02

Cómo citar

Belloso Martín, N. . (2024). Dos áreas educativas llamadas a entenderse: la educación para la sostenibilidad y la educación para los Derechos Humanos. Revista Derechos Humanos Y Educación, 1(1), 79–107. Recuperado a partir de http://revistaderechoshumanosyeducacion.universitas.es/index.php/DHED/article/view/216